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¡En AM990 sorteamos entradas para que pases un día inolvidable!

Queremos que disfrutes de un hermoso día de verano en "Aquafan", el principal parque acuático de la Argentina. Tendrás diversión asegurada para toda la familia cumpliendo los protocolos establecidos.

Para participar descargáte la app de AM990 y completá el formulario “Sorteo Aquafan”.

Pronto anunciaremos los ganadores ¡Mucha Suerte!

 

SORTEO ACUAFAN, BASES Y CONDICIONES.

1. Antecedentes Generales. RADIO EMISORA CULTURAL S.A.,CUIT 30-50014411-0 con domicilio constituido en Conde 935, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”), llevará a cabo un sorteo de entradas para Acuafan, a través de redes sociales de AM 990.

2. Vigencia: El Concurso tendrá vigencia desde el 4 de Marzo de 2021 hasta el 26 de Marzo de 2021. No participarán de la Promoción registraciones posteriores a la fecha. Se encuentra abierto al público en general, es gratuito y sin obligación de compra alguna.

3. Mecánica. Los interesados deberán descargar la app de la radio AM990 y llenar el formulario del "Sorteo Acuafan" así estará participando del sorteo. La participación implica el conocimiento y aceptación expresa de las disposiciones expuestas en las presentes bases y condiciones (en adelante, las “Bases”).

4. Sin obligación de compra. Esta acción no implica obligación de compra. Podrán acceder al sorteo únicamente personas físicas que realicen la mecánica descripta en el punto 3.

5. Selección de los Ganadores. Entre las personas que hayan participado, el Organizador seleccionará los ganadores.

6. Comunicación del ganador: El ganador será notificado a través de un mensaje público en las redes sociales, y mediante mensajes privado para obtener sus datos. Pasadas las 24 horas de notificación si el ganador no responde o no cumple con las presentes Bases perderá su derecho sobre el premio. Y se pasará a contactar al primer ganador suplente quien tendrá mismo plazo para responder antes de pasar al siguiente suplente.

Asimismo, el Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre del ganador por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, durante todo el tiempo que considere necesario y sin obligación de realizar compensación alguna por dicha difusión.

7. Premio: Se entregará al ganador el Ticket de las entradas via mail. Este premio no es canjeable por dinero en efectivo ni por otros premios, cualquiera fuere su índole. Asimismo, no podrán ser adquiridos en ningún caso para su reventa y/o aplicación comercial o de promoción alguna sin previa autorización por escrito del Organizador.

En todos los casos, ante un supuesto de fuerza mayor por el cual no se pueda disponer del Premios mencionado, el Organizador cumplirá entregando otro premio igual características y calidad, no pudiendo el ganador reclamar indemnización alguna por tal concepto.

El Organizador no será responsable por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que sufra el ganador o terceros, con motivo de o en relación con el uso del Premio. El premio no es transferible, ni podrá ser canjeado por dinero en efectivo ni por cualquier otro producto, servicio y/o elemento. No será válido en combinación con otras ofertas o promociones que pudiera ofrecer el organizador.

9. Los Participantes. Reconocen que al compartir e interactuar con la publicación en Instagram, el autor cede al Organizador los derechos de propiedad intelectual derivados de los mismos. El ganador acepta que no recibirá pago alguno, ni ningún otro beneficio por la cesión referida en este párrafo y consiente que la participación en la Promoción no genera ninguna relación de dependencia laboral con el Organizador.

10. Instagram no patrocina, avala ni administran de modo el presente sorteo, ni se encuentran asociadas al Organizador.

11. Exclusiones. Quedan excluidos de participar de la Promoción los empleados de RADIO EMISORA CULTURAL S.A y de cualquiera de las sociedades o empresas vinculadas con aquella, así como familiares directos de los mismos. Está estrictamente prohibido registrarse más de una (1) vez en las páginas web mencionadas precedentemente o con más de una dirección de correo electrónico correspondiente al mismo Participante. En el caso en que el Organizador determine que algunos de los Participantes registrados han violado o transgredido cualquiera de las disposiciones fijadas en estas Bases, procederá a su inmediata exclusión. Los Participantes son los únicos responsables por la veracidad de los datos personales proporcionados y se comprometen a mantener indemne al Organizador por la misma. La falta de veracidad de los mismos les hará perder todo derecho a la asignación de los premios.

12. El Organizador. No será responsable por las interrupciones, cortes y/o cualquier deficiencia que pudiere dificultar el acceso y/o la navegación en Internet por parte de los Participantes, incluyendo sin que implique limitación, deficiencias en los servidores de acceso a la “WEB”, el envío o recepción de correos electrónicos, pérdidas de información, interrupciones o incapacidades de la red, servidor, fallas en las transmisiones de las líneas telefónicas o fallas técnicas, sean ellas provenientes de un error de tipo humano, mecánico o electrónico que pudieren afectar la participación en el Sorteo.

13. El Organizador. En caso de detectar ingresos que puedan haber sido originados en prácticas fraudulentas, podrá tomar las medidas de precaución tendientes a evitar todo fraude o engaño en la asignación de los premios de la Promoción, incluyendo la exclusión de tales ingresos. Asimismo serán eliminados e inhabilitados de participar del presente cualquier intento de registro por parte de los Participantes que incluya datos erróneos, inexactos y desactualizados.

13. Datos Personales: Los Participantes autorizan desde ya, y por la mera participación del sorteo, a que el Organizador utilice los datos personales obtenidos a través del desarrollo del sorteo para la creación de una base de datos con el sólo y único objetivo de realizar el listado de los ganadores del sorteo sin derecho a indemnización o compensación alguna. Asimismo, el Organizador no será responsable por la eventual difusión de los datos personales de los ganadores que efectúen personas ajenas a la compañía, ni será responsable por los eventuales daños y perjuicios que tal circunstancia genere a cada Ganador y sus respectivos acompañantes. La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales establece que: 1.) “El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el art. 14, inciso 3 de la Ley 25.326” y 2.) La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.

15. Disposiciones Generales.

a) Instagram no patrocina, ni avala ni administra de modo alguno el presente sorteo, ni se encuentra asociado al mismo.

b) Conforme lo dispuesto por la ley 25.326, los Participantes tendrán derecho al acceso a la información referida a su persona, por ellos proporcionada y solicitar, en todo momento, su rectificación o supresión.

c) La participación en este Sorteo implica el conocimiento y la aceptación expresa, absoluta e inapelable de todas las disposiciones contenidas en estas Bases.

¡En AM990 sorteamos entradas para que pases un día inolvidable!

Queremos que disfrutes de un hermoso día de verano en "Aquafan", el principal parque acuático de la Argentina. Tendrás diversión asegurada para toda la familia cumpliendo los protocolos establecidos.

Para participar descargáte la app de AM990 y completá el formulario “Sorteo Aquafan”.

El miércoles 24 y el viernes 26 anunciaremos los ganadores ¡Mucha Suerte!

 

SORTEO ACUAFAN, BASES Y CONDICIONES.

1. Antecedentes Generales. RADIO EMISORA CULTURAL S.A.,CUIT 30-50014411-0 con domicilio constituido en Conde 935, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (en adelante, el “Organizador”), llevará a cabo un sorteo de entradas para Acuafan, a través de redes sociales de AM 990.

2. Vigencia: El Concurso tendrá vigencia desde el 23 de Febrero de 2021 hasta el 26 de Febrero de 2021. No participarán de la Promoción registraciones posteriores a la fecha. Se encuentra abierto al público en general, es gratuito y sin obligación de compra alguna.

3. Mecánica. Los interesados deberán descargar la app de la radio AM990 y llenar el formulario del "Sorteo Acuafan" así estará participando del sorteo. La participación implica el conocimiento y aceptación expresa de las disposiciones expuestas en las presentes bases y condiciones (en adelante, las “Bases”).

4. Sin obligación de compra. Esta acción no implica obligación de compra. Podrán acceder al sorteo únicamente personas físicas que realicen la mecánica descripta en el punto 3.

5. Selección de los Ganadores. Entre las personas que hayan participado, el Organizador seleccionará los ganadores.

6. Comunicación del ganador: El ganador será notificado a través de un mensaje público en las redes sociales, y mediante mensajes privado para obtener sus datos. Quien tendrá el día de notificación miércoles 24 o viernes 26 para responder entregándonos sus datos para poder contactarlo y que cumpla con las Bases. Pasadas estas 24 horas si el ganador no responde o no cumple con las presentes Bases perderá su derecho sobre el premio. Y se pasará a contactar al primer ganador suplente quien tendrá mismo plazo para responder antes de pasar al siguiente suplente.

Asimismo, el Organizador se reserva el derecho de difundir el nombre del ganador por los medios y formas de comunicación que crea conveniente, durante todo el tiempo que considere necesario y sin obligación de realizar compensación alguna por dicha difusión.

7. Premio: Se entregará al ganador el Ticket de las entradas via mail. Este premio no es canjeable por dinero en efectivo ni por otros premios, cualquiera fuere su índole. Asimismo, no podrán ser adquiridos en ningún caso para su reventa y/o aplicación comercial o de promoción alguna sin previa autorización por escrito del Organizador.

En todos los casos, ante un supuesto de fuerza mayor por el cual no se pueda disponer del Premios mencionado, el Organizador cumplirá entregando otro premio igual características y calidad, no pudiendo el ganador reclamar indemnización alguna por tal concepto.

El Organizador no será responsable por ningún daño o perjuicio, de cualquier tipo que sufra el ganador o terceros, con motivo de o en relación con el uso del Premio. El premio no es transferible, ni podrá ser canjeado por dinero en efectivo ni por cualquier otro producto, servicio y/o elemento. No será válido en combinación con otras ofertas o promociones que pudiera ofrecer el organizador.

9. Los Participantes. Reconocen que al compartir e interactuar con la publicación en Instagram, el autor cede al Organizador los derechos de propiedad intelectual derivados de los mismos. El ganador acepta que no recibirá pago alguno, ni ningún otro beneficio por la cesión referida en este párrafo y consiente que la participación en la Promoción no genera ninguna relación de dependencia laboral con el Organizador.

10. Instagram no patrocina, avala ni administran de modo el presente sorteo, ni se encuentran asociadas al Organizador.

11. Exclusiones. Quedan excluidos de participar de la Promoción los empleados de RADIO EMISORA CULTURAL S.A y de cualquiera de las sociedades o empresas vinculadas con aquella, así como familiares directos de los mismos. Está estrictamente prohibido registrarse más de una (1) vez en las páginas web mencionadas precedentemente o con más de una dirección de correo electrónico correspondiente al mismo Participante. En el caso en que el Organizador determine que algunos de los Participantes registrados han violado o transgredido cualquiera de las disposiciones fijadas en estas Bases, procederá a su inmediata exclusión. Los Participantes son los únicos responsables por la veracidad de los datos personales proporcionados y se comprometen a mantener indemne al Organizador por la misma. La falta de veracidad de los mismos les hará perder todo derecho a la asignación de los premios.

12. El Organizador. No será responsable por las interrupciones, cortes y/o cualquier deficiencia que pudiere dificultar el acceso y/o la navegación en Internet por parte de los Participantes, incluyendo sin que implique limitación, deficiencias en los servidores de acceso a la “WEB”, el envío o recepción de correos electrónicos, pérdidas de información, interrupciones o incapacidades de la red, servidor, fallas en las transmisiones de las líneas telefónicas o fallas técnicas, sean ellas provenientes de un error de tipo humano, mecánico o electrónico que pudieren afectar la participación en el Sorteo.

13. El Organizador. En caso de detectar ingresos que puedan haber sido originados en prácticas fraudulentas, podrá tomar las medidas de precaución tendientes a evitar todo fraude o engaño en la asignación de los premios de la Promoción, incluyendo la exclusión de tales ingresos. Asimismo serán eliminados e inhabilitados de participar del presente cualquier intento de registro por parte de los Participantes que incluya datos erróneos, inexactos y desactualizados.

13. Datos Personales: Los Participantes autorizan desde ya, y por la mera participación del sorteo, a que el Organizador utilice los datos personales obtenidos a través del desarrollo del sorteo para la creación de una base de datos con el sólo y único objetivo de realizar el listado de los ganadores del sorteo sin derecho a indemnización o compensación alguna. Asimismo, el Organizador no será responsable por la eventual difusión de los datos personales de los ganadores que efectúen personas ajenas a la compañía, ni será responsable por los eventuales daños y perjuicios que tal circunstancia genere a cada Ganador y sus respectivos acompañantes. La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales establece que: 1.) “El titular de los datos personales tiene la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el art. 14, inciso 3 de la Ley 25.326” y 2.) La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, Órgano de Control de la Ley Nº 25.326, tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales.

15. Disposiciones Generales.

a) Instagram no patrocina, ni avala ni administra de modo alguno el presente sorteo, ni se encuentra asociado al mismo.

b) Conforme lo dispuesto por la ley 25.326, los Participantes tendrán derecho al acceso a la información referida a su persona, por ellos proporcionada y solicitar, en todo momento, su rectificación o supresión.

c) La participación en este Sorteo implica el conocimiento y la aceptación expresa, absoluta e inapelable de todas las disposiciones contenidas en estas Bases.

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